SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN
La Secretaría de Planificación Comunal (SECPLAC) tiene como objetivo apoyar al Alcalde y al Concejo en la elaboración y el seguimiento de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna. La Secretaria Comunal de Planificación tiene a su cargo las siguientes funciones:
· Servir de Secretaria Técnica permanente del Alcalde y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal, como así mismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
· Asesorar al Alcalde en la elaboración de los proyectos del Plan Comunal de Desarrollo y de Presupuesto Municipal.
· Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el Presupuesto Municipal, e informar sobre estas materias al Alcalde y al Concejo a lo menos semestralmente.
· Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
· Estudiar, programar y evaluar el proceso de desarrollo comunal en sus aspectos sociales, territoriales y económicos, dando origen a programas y proyectos específicos en cada una de estas áreas en coordinación con las unidades municipales correspondientes.
· Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el Reglamento Municipal.
· Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
· Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
· Procurar una efectiva coordinación e integración de los proyectos del sector privado al Plan de Desarrollo Comunal.
· Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano.
· Estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparado los planes para su aplicación.
· Informar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
· Informar técnicamente las subvenciones a otorgar al sector público y al sector privado.
· Otras funciones que el Alcalde le asigne, de conformidad con la legislación vigente y que no sea de aquellas que la Ley asigna a otras unidades.